Mi hijo cumple 18 años ¿se extingue automáticamente la pensión?

Mi hijo cumple 18 años ¿se extingue automáticamente la pensión? Es una pregunta que nos hacen con frecuencia en nuestro despacho de Getafe. Entendemos perfectamente tu preocupación: después de años gestionando una pensión alimenticia, la mayoría de padres y madres se sienten desorientados cuando sus hijos alcanzan la mayoría de edad. ¿Significa esto que ya no hay obligación de mantenerlos económicamente? Te explicamos detalladamente cómo funciona este proceso, qué derechos tienen tanto los progenitores como los hijos, y qué pasos debes seguir para gestionar correctamente esta nueva etapa.

¿Qué ocurre con la pensión de alimentos cuando mi hijo alcanza la mayoría de edad?

Contrariamente a lo que muchas personas creen, la pensión alimenticia NO se extingue automáticamente cuando el hijo cumple 18 años. El artículo 93 del Código Civil establece claramente que la obligación de prestar alimentos a los hijos se mantiene incluso después de la mayoría de edad, siempre que estos no sean económicamente independientes y continúen formándose académicamente.

En nuestra experiencia asesorando a familias en Getafe, hemos observado que esta cuestión genera numerosos conflictos cuando no se comprende adecuadamente. La realidad social actual muestra que la mayoría de jóvenes a los 18 años siguen dependiendo económicamente de sus padres mientras completan su formación.

Requisitos para mantener la pensión de alimentos tras cumplir 18 años

Cuando tu hijo alcanza la mayoría de edad y surge la duda sobre si debe continuar la pensión alimenticia, debes tener en cuenta estos factores determinantes:

  • Formación académica en curso: Si el hijo continúa estudiando de forma regular y con aprovechamiento.
  • Ausencia de ingresos propios: Cuando el hijo no dispone de recursos económicos suficientes para mantenerse.
  • Convivencia en el hogar familiar: Aunque no es requisito indispensable, suele ser un factor relevante.
  • Actitud diligente: El hijo debe mostrar interés y esfuerzo en su formación o búsqueda de empleo.

Como señala el artículo 142 del Código Civil, los alimentos comprenden «todo lo indispensable para el sustento, habitación, vestido, asistencia médica y educación e instrucción del alimentista mientras sea menor de edad y aun después, cuando no haya terminado su formación por causa que no le sea imputable».

Procedimiento para modificar o extinguir la pensión cuando el hijo cumple 18 años

Si consideras que la pensión alimenticia debe modificarse o extinguirse porque tu hijo ha alcanzado la mayoría de edad, no puedes simplemente dejar de pagarla. Esto es crucial entenderlo: hacerlo podría acarrear consecuencias legales graves, incluyendo demandas por impago.

Pasos para solicitar la modificación o extinción

El procedimiento correcto implica estos pasos:

  1. Presentar una demanda de modificación de medidas: Debes solicitar formalmente al juzgado la extinción o modificación de la pensión.
  2. Aportar pruebas: Documentar las circunstancias que justifican tu solicitud (independencia económica del hijo, abandono de estudios sin causa justificada, etc.).
  3. Esperar la resolución judicial: Hasta que el juez no dicte sentencia, la obligación de pago se mantiene en los términos establecidos previamente.

Aquí está lo que necesitas saber: en muchos casos, la pensión no se extingue sino que se modifica adaptándose a las nuevas circunstancias. Por ejemplo, si el hijo estudia en otra ciudad, los gastos podrían incluso incrementarse temporalmente.

Causas legítimas para extinguir la pensión de alimentos a hijos mayores de edad

Existen situaciones específicas en las que sí procede la extinción de la pensión alimenticia tras cumplir los 18 años:

  • Independencia económica real: Cuando el hijo consigue un trabajo estable que le permite mantenerse.
  • Finalización de estudios: Al completar su formación académica o profesional.
  • Abandono injustificado de los estudios: Si deja de estudiar sin causa razonable.
  • Mala conducta o falta de aplicación: Comportamientos que demuestren desinterés continuado por su formación.
  • Mejora sustancial de la situación económica del hijo: Por herencia, donación u otros medios.

El caso especial de los hijos con discapacidad

Cuando hablamos de hijos con algún tipo de discapacidad, las reglas cambian significativamente. En estos casos, la obligación de prestar alimentos puede extenderse indefinidamente, independientemente de la edad, si la discapacidad impide al hijo obtener independencia económica.

¿Quién debe solicitar la pensión después de los 18 años?

Un aspecto que genera confusión es quién tiene la legitimación para reclamar la pensión una vez el hijo alcanza la mayoría de edad:

Antes de los 18 años, es el progenitor custodio quien recibe y administra la pensión en nombre del menor. Sin embargo, al cumplir la mayoría de edad, el hijo adquiere legitimación propia para reclamar directamente su pensión alimenticia, aunque en la práctica, si continúa conviviendo con uno de los progenitores, suele ser este quien sigue gestionándola.

Esto es fundamental y te explico por qué: si tu hijo mayor de edad desea reclamar una pensión no establecida previamente o modificar la existente, deberá hacerlo por sí mismo mediante el procedimiento de alimentos entre parientes (artículos 142 a 153 del Código Civil).

Preguntas Frecuentes sobre la pensión alimenticia al cumplir 18 años

¿Puedo dejar de pagar automáticamente la pensión cuando mi hijo cumpla 18 años?

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No. Dejar de pagar unilateralmente la pensión puede considerarse un impago con consecuencias legales graves. Siempre debes solicitar judicialmente la modificación o extinción de la pensión y continuar pagando hasta que haya una resolución judicial que te exima de esta obligación.

¿Qué ocurre si mi hijo trabaja a tiempo parcial mientras estudia?

Si tu hijo obtiene ingresos esporádicos o insuficientes mientras continúa su formación, generalmente no se extingue la pensión, aunque podría modificarse su cuantía. Los tribunales suelen valorar si estos ingresos permiten realmente la independencia económica o son meramente complementarios a su formación.

¿Hasta qué edad se mantiene la obligación de pagar la pensión de alimentos?

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No existe una edad límite establecida legalmente. La jurisprudencia ha ido estableciendo criterios según los cuales la pensión debe mantenerse mientras el hijo se esté formando con aprovechamiento y diligencia. Sin embargo, los tribunales son cada vez más estrictos cuando los hijos superan los 25-26 años y no muestran avances claros hacia su independencia económica.

Si estás enfrentando dudas sobre qué sucede con la pensión alimenticia cuando tu hijo cumple 18 años en Getafe, no estás solo en este proceso. Cada caso tiene sus particularidades y merece un análisis personalizado. Con el asesoramiento legal adecuado podrás proteger tanto tus derechos como los de tus hijos, encontrando la solución más equilibrada para todos. En nuestro despacho de Getafe te acompañamos con profesionalidad y cercanía para resolver todas tus dudas sobre pensiones alimenticias y modificaciones de medidas. Llámanos al 665 492 396 o contacta con nosotros para una primera consulta.

Imagen de Pablo Ródenas

Pablo Ródenas

Abogado ejerciente del ICAM con más de 15 años de experiencia. Colegiado del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, colegiado número de colegiado 128.064. Especializado en penal, familia e inmobiliario Actual Director del bufete Ródenas Abogados y Asociados S.L.U. Licenciado en Derecho por la Universidad Instituto de Estudios Bursátiles (I.E.B.) con Máster de Acceso a la Abogacía.

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