¿Cómo afecta la violencia de género a la pensión compensatoria?

No eres la única persona que se siente perdida al enfrentarse a un divorcio donde existe violencia de género y su impacto en la pensión compensatoria. Sabemos que es un momento especialmente difícil, donde las emociones y el miedo pueden nublar tu capacidad para tomar decisiones. Te explicamos paso a paso cómo la violencia machista influye en tus derechos económicos tras la ruptura, qué protección adicional te brinda la ley y cómo podemos ayudarte a resolver tu situación con garantías.

La influencia de la violencia de género en las compensaciones económicas tras el divorcio

La violencia de género no es solo un problema social y penal, sino que tiene importantes repercusiones en el ámbito civil, especialmente en los procesos de divorcio. Cuando una relación se rompe en un contexto de maltrato, la ley contempla medidas específicas para proteger a la víctima, también en el aspecto económico.

En nuestra experiencia gestionando casos de violencia machista y pensiones compensatorias en Getafe, hemos comprobado que muchas mujeres desconocen que su situación de vulnerabilidad puede y debe ser considerada al establecer las medidas económicas tras la ruptura.

¿Qué es exactamente la pensión compensatoria?

Antes de profundizar, es importante aclarar que la pensión compensatoria es aquella que se establece para corregir el desequilibrio económico que puede sufrir uno de los cónyuges tras el divorcio. Está regulada en el artículo 97 del Código Civil y no debe confundirse con la pensión de alimentos para los hijos.

Esta compensación busca que el cónyuge que ha visto mermadas sus posibilidades económicas durante el matrimonio (generalmente por dedicarse al cuidado del hogar o los hijos) no quede en situación de desamparo tras la ruptura.

Criterios especiales en casos de violencia machista para determinar la pensión compensatoria

Cuando existe violencia de género acreditada, los tribunales aplican criterios específicos al valorar la procedencia y cuantía de la pensión compensatoria:

  • La duración e intensidad del maltrato y cómo ha afectado a las capacidades laborales y personales de la víctima
  • El impacto psicológico que dificulta la reinserción laboral
  • Las secuelas físicas o psíquicas que puedan limitar la actividad profesional
  • El aislamiento social provocado por el maltratador que reduce las redes de apoyo
  • La situación de dependencia económica creada como forma de control

La Ley Orgánica 1/2004 de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género ha supuesto un antes y un después en el tratamiento jurídico de estos casos, reconociendo la especial vulnerabilidad de las víctimas también en el ámbito económico.

Cómo se acredita la violencia de género para que influya en la pensión

Aquí está lo que necesitas saber: para que la violencia machista sea considerada al establecer la pensión compensatoria, debe estar debidamente acreditada. Esto puede hacerse mediante:

  • Sentencia condenatoria por delito de violencia de género
  • Orden de protección en vigor
  • Informes de servicios sociales especializados
  • Informes médicos o psicológicos que documenten las lesiones o secuelas
  • Denuncias policiales (aunque no hayan derivado en condena)

Es fundamental recopilar toda esta documentación antes de iniciar el procedimiento de divorcio, ya que constituirá la base probatoria para solicitar medidas económicas especiales.

Temporalidad de la pensión en casos de violencia machista

Un aspecto relevante es que, mientras la tendencia general en España es hacia pensiones compensatorias temporales, en casos de violencia de género los tribunales son más proclives a establecer pensiones indefinidas cuando la víctima presenta dificultades severas para rehacer su vida laboral debido al maltrato sufrido.

Como abogados especializados en derecho de familia, siempre recomendamos buscar acuerdos en las pensiones compensatorias cuando sea posible, pero en casos de violencia machista priorizamos la protección integral de la víctima y sus derechos económicos.

Compatibilidad con otras ayudas económicas para víctimas

Esto es fundamental y te explico por qué: la pensión compensatoria es compatible con otras ayudas económicas específicas para víctimas de violencia de género, como:

  • La Renta Activa de Inserción (RAI) para víctimas
  • Las ayudas económicas del artículo 27 de la LO 1/2004
  • El acceso preferente a viviendas protegidas
  • Bonificaciones para empresas que contraten a víctimas

Hemos visto que en casos de violencia machista y su impacto en las compensaciones económicas, contar con asesoramiento especializado desde el primer momento marca una diferencia significativa en el resultado y la protección integral de la víctima.

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Preguntas Frecuentes sobre violencia de género y pensión compensatoria

¿Puede denegarse la pensión compensatoria al maltratador aunque exista desequilibrio económico?

Sí. El artículo 11 de la LO 1/2004 establece que quien haya sido condenado por violencia de género puede perder el derecho a la pensión compensatoria, incluso cuando sea él quien sufra desequilibrio económico tras el divorcio. Los tribunales aplican el principio de que «nadie puede beneficiarse de su propia conducta ilícita», rechazando solicitudes de maltratadores condenados.

¿Qué documentación necesito para acreditar la violencia de género en el procedimiento de divorcio?

Necesitarás aportar pruebas como sentencias condenatorias, órdenes de protección, informes médicos de lesiones, denuncias policiales, informes de servicios sociales especializados, testimonios de testigos, mensajes o comunicaciones amenazantes, y cualquier otra prueba que acredite el maltrato. Te recomendamos recopilar toda esta documentación con antelación y presentarla ordenada cronológicamente para facilitar su valoración judicial.

¿Cuánto tiempo puede durar la pensión compensatoria en casos de violencia machista?

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A diferencia de los divorcios convencionales donde la tendencia es hacia pensiones temporales, en casos de violencia de género los tribunales suelen establecer pensiones de mayor duración o incluso indefinidas, especialmente cuando el maltrato ha provocado secuelas graves que dificultan la reinserción laboral de la víctima. Cada caso se valora individualmente, considerando factores como la edad de la víctima, su formación, experiencia laboral y el impacto del maltrato en sus capacidades.

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Conclusión: Protección integral en casos de violencia machista

Si estás atravesando un proceso de divorcio con violencia de género y te preocupa cómo afectará esto a tu pensión compensatoria en Getafe, no estás sola. La legislación española ofrece una protección reforzada para las víctimas, reconociendo que el maltrato genera vulnerabilidades adicionales que deben ser compensadas también en el ámbito económico.

Con el asesoramiento legal adecuado puedes proteger tus derechos económicos y asegurar una independencia financiera que te permita reconstruir tu vida. En Getafe Divorcio te acompañamos desde el primer momento con cercanía y profesionalidad, especializándonos en casos donde la violencia machista requiere un enfoque sensible y experto. Llámanos al 665 492 396 o contacta con nosotros a través de nuestra web para una primera consulta donde analizaremos tu caso con total confidencialidad.

Imagen de Pablo Ródenas

Pablo Ródenas

Abogado ejerciente del ICAM con más de 15 años de experiencia. Colegiado del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, colegiado número de colegiado 128.064. Especializado en penal, familia e inmobiliario Actual Director del bufete Ródenas Abogados y Asociados S.L.U. Licenciado en Derecho por la Universidad Instituto de Estudios Bursátiles (I.E.B.) con Máster de Acceso a la Abogacía.

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