Acuerdo de convivencia en pareja de hecho qué incluir

Si estás considerando formalizar tu relación de pareja sin contraer matrimonio, elaborar un acuerdo de convivencia en pareja de hecho es una decisión inteligente que puede ahorrarte muchos problemas en el futuro. En Getafe Divorcio entendemos que dar este paso requiere claridad y seguridad jurídica. Te explicamos paso a paso qué debe incluir este documento, cómo redactarlo correctamente y qué aspectos no puedes olvidar para proteger tus derechos e intereses.

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Elementos esenciales de un pacto de convivencia para parejas de hecho

Un convenio de convivencia bien redactado debe contemplar todos los aspectos relevantes de vuestra vida en común. No se trata solo de un trámite burocrático, sino de un documento que refleja vuestro proyecto vital compartido y establece reglas claras para la convivencia.

Como abogados especializados en derecho de familia en Getafe, siempre recomendamos incluir estos aspectos fundamentales:

  • Identificación completa de ambos miembros de la pareja
  • Fecha de inicio de la convivencia
  • Domicilio común y régimen de uso
  • Régimen económico durante la convivencia
  • Contribución a los gastos comunes
  • Titularidad de los bienes adquiridos durante la convivencia
  • Previsiones para caso de ruptura o fallecimiento

Régimen económico en el acuerdo de convivencia para parejas de hecho

A diferencia del matrimonio, las parejas de hecho no tienen un régimen económico predeterminado por ley. ¿Quieres saber cómo funciona exactamente? Aquí está lo que necesitas saber: vosotros debéis establecer las reglas que regularán vuestras relaciones económicas.

Opciones para regular la economía común

Podéis optar por diferentes modelos, desde una separación total de bienes hasta un régimen similar al de gananciales. Lo importante es que el acuerdo refleje vuestra voluntad y circunstancias particulares.

Aspectos económicos que deberíais regular:

  • Forma de contribución a los gastos comunes (proporcional a ingresos, a partes iguales, etc.)
  • Titularidad de los bienes adquiridos durante la convivencia
  • Gestión de cuentas bancarias (individuales, conjuntas o mixtas)
  • Régimen de los bienes privativos anteriores a la convivencia
  • Previsiones sobre préstamos o deudas contraídas durante la relación

Vivienda familiar en los acuerdos de convivencia para uniones de hecho

La vivienda suele ser uno de los aspectos más delicados en caso de ruptura. Un pacto de convivencia bien elaborado debe contemplar claramente este aspecto.

Regulación del uso y titularidad de la vivienda

Esto es fundamental y te explico por qué: en caso de ruptura, si no existe un acuerdo previo, pueden surgir conflictos difíciles de resolver. El acuerdo debería especificar:

  • Quién ostenta la titularidad del inmueble
  • Cómo se distribuyen los gastos relacionados con la vivienda
  • Qué ocurrirá con la vivienda en caso de ruptura de la convivencia
  • Previsiones en caso de fallecimiento de uno de los miembros

En nuestra experiencia gestionando casos de acuerdos de convivencia para parejas de hecho en Getafe, hemos comprobado que una regulación clara sobre la vivienda evita muchos conflictos posteriores.

Previsiones para la ruptura en el convenio de pareja de hecho

Aunque pueda resultar incómodo pensar en ello cuando la relación está en su mejor momento, regular las consecuencias de una posible ruptura es uno de los principales objetivos de estos acuerdos.

Aspectos a considerar:

  • Compensaciones económicas en caso de desequilibrio patrimonial
  • Procedimiento para la liquidación de bienes comunes
  • Plazos para el abandono de la vivienda común, si procede
  • Previsiones sobre mascotas compartidas
  • Pensiones compensatorias temporales, si se acuerdan

Recuerda que, a diferencia del matrimonio, en las parejas de hecho no existe un derecho automático a pensión compensatoria ni a uso de la vivienda familiar, por lo que estos aspectos deben quedar claramente regulados en vuestro acuerdo.

Hijos y responsabilidades parentales en el acuerdo de convivencia

Si tenéis hijos comunes o planeáis tenerlos, es importante incluir previsiones sobre su cuidado y manutención, aunque siempre prevalecerá el interés superior del menor sobre cualquier pacto.

Aspectos relacionados con los hijos

El acuerdo puede incluir:

  • Compromiso de corresponsabilidad parental
  • Previsiones sobre gastos ordinarios y extraordinarios
  • Acuerdos sobre educación y formación
  • Previsiones para caso de ruptura de la convivencia

Ten en cuenta que estos pactos relacionados con los hijos siempre estarán sujetos a revisión judicial en caso de conflicto, primando siempre el interés del menor.

Formalización del acuerdo de convivencia para parejas de hecho

Para que vuestro pacto de convivencia tenga plena validez legal, es recomendable formalizarlo adecuadamente.

Opciones de formalización:

  • Documento privado: Tiene validez entre las partes, pero puede presentar problemas de prueba
  • Escritura pública ante notario: Ofrece mayor seguridad jurídica y fecha cierta
  • Inscripción en el Registro de Parejas de Hecho: Proporciona reconocimiento oficial

Desde Getafe Divorcio siempre recomendamos la formalización mediante escritura pública notarial, ya que otorga mayor seguridad jurídica y facilita su posterior ejecución en caso necesario.

Preguntas frecuentes sobre acuerdos de convivencia en parejas de hecho

¿Es obligatorio realizar un acuerdo de convivencia al registrarse como pareja de hecho?

No es obligatorio, pero sí muy recomendable. La legislación no impone la obligación de establecer un acuerdo de convivencia, pero hacerlo proporciona seguridad jurídica a ambos miembros de la pareja y evita conflictos futuros. En algunas Comunidades Autónomas, como Madrid, se puede presentar junto con la solicitud de inscripción en el Registro de Parejas de Hecho.

¿Qué validez tiene un acuerdo de convivencia firmado en documento privado?

Un acuerdo firmado en documento privado tiene validez entre las partes, pero puede presentar problemas de prueba en caso de conflicto. Para mayor seguridad jurídica, recomendamos siempre formalizarlo en escritura pública ante notario, lo que garantiza su fecha y contenido frente a terceros.

¿Podemos modificar nuestro acuerdo de convivencia una vez formalizado?

Sí, el acuerdo puede modificarse en cualquier momento siempre que ambos miembros de la pareja estén de acuerdo. La modificación debería formalizarse con las mismas garantías que el acuerdo original, preferiblemente mediante escritura pública notarial.

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Conclusión

Establecer un acuerdo de convivencia claro y completo es una decisión inteligente para cualquier pareja de hecho. Este documento no solo proporciona seguridad jurídica, sino que también os obliga a reflexionar y dialogar sobre aspectos importantes de vuestro proyecto de vida en común.

Si estás considerando registrarte como pareja de hecho en Getafe y necesitas asesoramiento para redactar un acuerdo de convivencia adaptado a vuestras circunstancias particulares, en Getafe Divorcio podemos ayudarte. Contamos con amplia experiencia en derecho de familia y te ofrecemos un asesoramiento personalizado y cercano. Llámanos al 665 492 396 o contacta con nosotros para una primera consulta.

Imagen de Pablo Ródenas

Pablo Ródenas

Abogado ejerciente del ICAM con más de 15 años de experiencia. Colegiado del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, colegiado número de colegiado 128.064. Especializado en penal, familia e inmobiliario Actual Director del bufete Ródenas Abogados y Asociados S.L.U. Licenciado en Derecho por la Universidad Instituto de Estudios Bursátiles (I.E.B.) con Máster de Acceso a la Abogacía.

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